La Junta Directiva de la Asociación Club Canino Colombiano en desarrollo de la facultad que los estatutos sociales le otorgan en el artículo 36 literales b) y l), precisa que las Exposiciones de “Exhibido por su propietario”, se instituyeron como un evento de fomento, con la finalidad principal de promover interés en los  propietarios  para que presenten sus ejemplares en un concurso canino. Se trata de incentivar y abrir un espacio a los nuevos aficionados así como a todos aquellos que consideran que aún no cuentan con  la experiencia o práctica que les permita sentir la seguridad suficiente para competir contra criadores  y expositores aventajados así como contra manejadores profesionales.

Bajo esta premisa y sin ser de carácter obligatorio, cordialmente invitamos a todos los criadores y expositores con amplia experiencia en las pistas a abstenerse de participar en estos eventos, invitación que de igual forma se extiende  a todos  los jueces (sean colombianos o extranjeros)  y se ratifica, como ya se dijo, que los únicos que tienen prohibición  total de presentar los perros en exposiciones de “Exhibido por su propietario”  serán  quienes se conocen en el medio como manejadores  profesionales   y/o cualquier persona que reciba un pago por presentar ejemplares de terceros.

La Junta igualmente considera que, por tratarse de un evento de fomento, el Juez invitado a Juzgar puede hacerlo sin que  ello le implique restricción para el juzgamiento de futuras  exposiciones oficiales.

La dirección de exposiciones queda facultada para negar la inscripción  cuando un propietario exhibidor profesional  pretenda hacerlo.